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miércoles, 6 de noviembre de 2013

EL IMPUESTO DE SOCIEDADES SE SUMA AL CAMBIO

El impuesto de sociedades sufre varias modificaciones en la Ley 16/2013 publicada en el BOE del pasado 30 de octubre. Se busca que mediante estas medidas se consiga reforzar la consolidación de las finanzas públicas. Aquí hablaremos de algunas de las más importantes.

En lo concerniente al Impuesto sobre Sociedades se ha decidido la no deducibilidad del deterioro de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades. También será no deducible las rentas negativas generadas durante el plazo de mantenimiento de establecimientos permanentes ubicados en el extranjero.

Otras modificaciones que trae la Ley 16/2013 sobre el impuesto de sociedades es que se fija una prórroga para los ejercicios 2014 y 2015 de la limitación en la compensación de bases imponibles negativas. Por las mismas razones que se prorrogan para esos años la inclusión en la base de los pagos fraccionados el 25% de los dividendos y rentas que proceden de la transmisión de las participaciones que tienen derecho al régimen de exención y el establecimiento del pago mínimo determinado en función del resultado contable del ejercicio, aunque exclusivamente para las grandes empresas.

En cambio, en el área de las producciones cinematográficas y series audiovisuales se establece de manera indefinida la vigencia de la deducción por inversiones. De hecho, esta deducción se amplia e incluye las copias y los gastos de publicidad que sean responsabilidad del productor.


Por otra parte se instaura una ampliación del periodo de la excepción prevista en la normativa del impuesto al carácter constante o creciente de la parte correspondiente al coste del bien en la cuotas del arrendamiento para los contratos de arrendamiento financiero cuyos plazos anuales de duración se inicien entre los años 2012 y 2015.

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